JurídicoESEN
Order (Auto)November 6, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Natalia Ángel Cabo

✓Claimant De Oficio·Respondent Holguin Beltran Omar Eduardo

✓
Topic · hard data
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Elemento Subjetivo-Solo Una Autoridad Suscitó La Controversia.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre Juzgado Quinto Penal del Circuito de Palmira y la Fiscalía 2203 de Conocimiento Especializado Penal Militar, ocasionado por proceso penal adelantado en contra de un miembro de la Policía Nacional, por la presunta comisión de los delitos de homicidio agravado en calidad de autor, en modalidad de dolo eventual, en concurso con falsedad ideológica en documento público y fraude procesal.

Al revisar los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en el presente caso no se satisface el presupuesto subjetivo y al respecto recuerda que, conforme la jurisprudencia que esta Corporación, un conflicto de jurisdicción no puede provocarse autónomamente por las partes del proceso o por una sola autoridad judicial, siendo necesario que las autoridades judiciales manifiesten expresamente que en ellas recae o no la competencia para conocer el asunto.

Ahora, si los pronunciamientos a través de los cuales estas autoridades se pronunciaron sobre su competencia, son dejados sin efectos, es necesario que éstos sean remplazados antes de que sea posible a esta Corporación determinar cuál es la jurisdicción competente para conocer del trámite.

En este caso, la Corte advierte la ausencia de algún pronunciamiento en virtud del cual alguna de las autoridades involucradas haya reclamado o rechazado efectivamente su jurisdicción y, por tanto, la ausencia de un conflicto de jurisdicción el cual sea posible resolver.

La Corte se declara inhibida para pronunciarse de fondo y remite el expediente a la Fiscalía 2203 de Conocimiento Especializado Penal Militar para lo de su competencia.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia planteada suscitada entre el Juzgado
  2. Quinto. Penal del Circuito de Palmira y la Fiscalía 2203 de Conocimiento Especializado Penal Militar, por las razones expuestas en esta providencia.
  3. Segundo. REMITIR el expediente CJU-5710 a la Fiscalía 2203 de Conocimiento Especializado Penal Militar para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.